Nuevo subsidio especial por desempleo

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El Consejo de Ministros acaba de aprobar la nueva ayuda de 430 euros para desempleados de larga duración sin ingresos. Es un nuevo subsidio para quienes hayan agotado sus prestaciones entre el 14 de marzo y el 30 de junio. Puedes solicitarlo hasta el 30 de noviembre.

Requisitos del nuevo subsidio especial por desempleo

  •  Haber extinguido por agotamiento, entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive, alguna de las siguientes prestaciones:

1. La prestación contributiva por desempleo

2. Un subsidio por desempleo ordinario.

3. El subsidio extraordinario por desempleo SED.

4. La Renta Activa de Inserción (RAI).

  • Estar en desempleo total e inscrito como demandante de empleo.
  • Haber agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020 y carecer del derecho a estas prestaciones o ayudas.
    Las personas que hubieran agotado una prestación contributiva y estuvieran en el mes de espera de acceso al subsidio por desempleo podrán acceder a este subsidio y posteriormente al de agotamiento; en estos supuestos se descontará del subsidio de agotamiento el tiempo que se haya cobrado de subsidio extraordinario.
  • No ser beneficiario de renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayuda análoga concedida por cualquier Administración Pública.
  • En caso de haber trabajado por cuenta ajena tras la extinción del último derecho reconocido, haber cesado en dicho trabajo con situación legal de desempleo.
  • No tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.

No se exigirá

  • Cumplir el mes de espera
  • Carecer de rentas propias superiores al 75 % del SMI
  • Acreditar responsabilidades familiares y carecer de rentas en la unidad familiar.

Cómo se solicita este nuevo subsidio especial

La solicitud podrá presentarse del 6 al 30 de noviembre de 2020 inclusive.

La solicitud se presentará a través de:

  • El formulario de pre-solicitud de prestación individual disponible en la sede electrónica del SEPE que tendrá efectos de solicitud provisional, y lo enviará a la entidad gestora a través de la misma sede.
  • En la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en la Sede Electrónica del SEPE o a través del teléfono). Puedes cumplimentar y descargar el modelo oficial de solicitud.
  • Así mismo, se podrá presentar el modelo oficial de solicitud a través de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuánto se cobra y durante cuánto tiempo

La cuantía del subsidio será igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos múltiples (IPREM) vigente (430 euros al mes).

La duración será de 90 días y no podrá percibirse en más de una ocasión.


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