Si estás cobrando el subsidio para mayores de 52 años cada 12 meses tienes que presentar la “declaración anual de rentas”. ¿Pero sabes cómo hacerlo, los plazos y dónde presentarla?
Porqué tengo que presentar la declaración anual de rentas
Con esta declaración anual el SEPE se asegura de que sigues cumpliendo los requisitos económicos que te dieron derecho a percibir esta ayuda.
Recuerda que ya no se tiene en cuenta la renta de la unidad familiar (cónyuge, hijos..) por lo tanto solo tienes que presentar la declaración anual de tus propias rentas.
Plazo para presentar la declaración anual de rentas
La declaración anual de renta hay que presentarla en el plazo de los 15 días hábiles siguientes al transcurso de 12 meses desde la fecha en que se reconoce el subsidio o desde la última renovación.
No han variado mis ingresos ¿tengo que presentar la declaración anual de rentas?
Aunque a lo largo del año no hayan variado tus ingresos o lo hayan hecho por debajo del 75% del salario mínimo interprofesional tienes que presentar la declaración anual de rentas.
Cómo presentar la declaración anual de rentas
La declaración anual de rentas la puedes presentar a través de:
- La sede electrónica del SEPE. Si dispones de certificado digital, DNI electrónico o código de usuario y contraseña.
- En la oficina de prestaciones tras la obtención de cita previa por internet o por teléfono.
- Utilizando el formulario de pre-solicitud.
Presentar declaración anual de rentas en la oficina de empleo
Como ya sabes es obligatorio pedir cita previa, hazlo por internet o por teléfono.
En este artículo te explicamos como https://citasepe.es/cita-previa-sepe/
También puedes descargar desde aquí el impreso para la declaración de rentas.
https://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/declaracion_rentas.pdf
Lo rellenas con tus datos y lo llevas el día de la cita. En la oficina de empleo puedes solicitar el impreso pero es más cómodo y rápido si lo llevas desde casa.
Presentar declaración anual de rentas por internet
Lo primero a tener en cuenta es que tienes que acudir en persona a la oficina de empleo y NO puedes presentar la declaración de rentas por Internet si,
- Has tenido incrementos de renta que superen los 712,50 euros durante algún mes (tope de rentas establecido para 2020).
- Tienes la demanda de empleo dada de baja (la tarjeta del paro).
Si no te encuentras en ninguna de las 2 situaciones anteriores entonces puedes hacer el trámite por internet en la sede electrónica del SEPE.
Requisitos
- Tienes que inscrito como demandante de empleo
- Tienes que tener un medio de identificación segura: DNI electrónico, certificado digital o sistema cl@ve.
- Declarar que no superas los límites de renta.
- Confirmar los datos que aparecen en el sistema.
Cómo realizar el trámite
Para realizar el trámite solo tienes que acceder a la sede electrónica del SEPE https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/declaracion-anual-subsidio-mayores-52.html
Te va a aparecer una página como la de abajo. Aquí es donde puedes iniciar el trámite. Te aconsejamos que leas los manuales y toda la información que aparece en la página antes de pulsar el botón “INICIAR SOLICITUD”

Presentar declaración anual de rentas a través del formulario de pre-solicitud
Si quieres hacer la declaración de rentas por internet, pero no tienes medios de identificación segura, como DNI electrónico, certificado digital o clave, puedes utilizar el formulario de pre-solicitud. Siempre que no hayas tenido variaciones de rentas en ningún mes, o si las has tenido que no superen el tope de ingresos de los 712,50 euros al mes.
Ahora te explicamos paso a paso cómo solicitarlo a través de este formulario
Paso 1- Accede desde aquí al formulario de pre-solicitud de la web oficial del SEPE
https://sede.sepe.gob.es/SolicPrestIndividualWeb/flows/solicitud?execution=e1s1
Paso 2– Te ha aparecido una pantalla como la de abajo. Aquí tienes que escribir tu DNI, seleccionar la opción “Pre-solicitud de prestación individual” y pulsar el botón «EMPEZAR TRÁMITE»

Paso 3- Ahora te aparece una nueva pantalla. Debajo de “Subtrámite” tienes que pulsar en la flecha a la derecha para que se te abra un menú. Tienes que elegir la opción «Declaración anual de rentas subsidio mayores de 52″. Fíjate en la imagen

Paso 4- Ahora en esta misma pantalla ya puedes rellenar el formulario con tus datos personales y cuando llegues a la casilla “Observaciones” incluyes la frase “No se han producido variaciones de rentas”. Por último pulsas el botón “ENVIAR SOLICITUD”

Paso 5- Por último guarda o imprime el resguardo que te aparece en la siguiente pantalla. Es importante que lo tengas para justificar que has hecho la solicitud en caso de que el Sepe te lo reclame.
Si fuera necesaria alguna gestión más, el SEPE contactará contigo a través de los medios de contacto que has indicado en el formulario.
Qué rentas tengo que declarar
Se consideran rentas a declarar:
Trabajo/pensiones:
• El total de las rentas brutas del trabajo por cuenta ajena, becas u otras ayudas similares.
* El importe de la indemnización por la extinción del contrato de trabajo que supere la indemnización legal
• Los ingresos brutos de todo tipo de pensiones y prestaciones. Excepto la prestación de la Seguridad Social por hijo/a a cargo y el cobro anticipado de la deducción fiscal de la mujer trabajadora con hijos/as menores de 3 años.
Rentas de capital mobiliario:
• Los rendimientos brutos de las cuentas bancarias e inversiones financieras.
Rentas de capital inmobiliario:
• Los rendimientos brutos de los bienes inmuebles arrendados, las imputaciones de rentas de bienes inmobiliarios no arrendados y diferentes de la vivienda habitual.
Rentas de actividades profesionales / agrarias:
- Se computan como rentas el rendimiento neto reducido (ingresos menos gastos) de los distintos tipos de actividades por cuenta propia, así como el importe neto de las subvenciones a la actividad agraria.
Otras rentas:
- Se incluyen las rentas de las plusvalías a ganancias patrimoniales, derivadas de la venta de bienes muebles e inmuebles excepto el de la vivienda habitual premios de lotería o similares y el rendimiento presunto del patrimonio, fondos de inversión o planes de jubilación, obtenidas por la aplicación de la regla de cálculo que se indica más abajo.
CÓMO CALCULARLAS
- Rentas periódicas.
- Si se perciben mensualmente cumplimente el importe percibido y la fecha en que se obtuvieron.
- Si no se perciben mensualmente y la periodicidad es superior al año, cumplimente el resultado de dividir el importe entre 12 meses. Si es inferior, entre el número de meses a que corresponda, e indique igualmente la fecha en que se obtuvieron.
- Rentas percibidas en un pago único. En caso de permuta o venta de bienes inmuebles a excepción de la vivienda habitual, rescate de planes de pensiones, etc cumplimente el rendimiento obtenido durante la percepción del subsidio, por la diferencia entre el precio de transmisión y el de adquisición dividido entre 12 meses, e indique la fecha en que se produjo.
- Otras ganancias patrimoniales obtenidas durante la percepción del subsidio. Cumplimente el importe obtenido de la diferencia entre la ganancia y la pérdida patrimonial dividido entre 12 meses, e indique la fecha en la que obtuvo dicha ganancia
- Si desde la solicitud o declaración anterior dispone de bienes de patrimonio, fondos de inversión mobiliaria e inmobiliaria, fondos o planes de jubilación o cualquier otra forma de inversión de capital, a excepción de la vivienda habitualmente ocupada por Ud. y de los bienes cuyas rentas hayan sido ya computadas, cumplimente en «Otras rentas», el resultado de aplicar el 50 % (cuando el derecho nació antes del 15/07/2012) y el 100 % (cuando el derecho nace a partir del 15/07/2012) del interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien, fondo o plan, dividido entre 12 meses, e indique la fecha en que debe ser imputado.