“La situación legal de desempleo” es un concepto jurídico que se refiere a los motivos por los que un trabajador puede haberse quedado sin trabajo y por los que puede solicitar una prestación o subsidio por desempleo.
Esto supone que hay trabajadores que aunque estén desempleados no se encuentran en situación legal de desempleo, osea no pueden solicitar ayudas o prestaciones.
Situaciones legales de desempleo
- Despido.
- Finalización de la relación de trabajo por fallecimiento, jubilación o incapacidad de la empresaria o empresario.
- Finalización del contrato temporal por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato.
- Cese por no superar el periodo de prueba.
- Finalización del periodo de actividad productiva.
- Finalización de la relación administrativa temporal de personal funcionario de empleo y personal contratado administrativo.
- Cese como socia o socio trabajador de una cooperativa en periodo de prueba, expulsión improcedente, o cese temporal o definitivo en la actividad de la cooperativa por causas económicas, tecnológicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Finalización o suspensión de la relación de trabajo por ser víctima de violencia de género.
- Decisión de la persona trabajadora de finalizar la relación laboral por alguna de las causas siguientes:
- Modificación de las condiciones de trabajo (horario, jornada…)
- Falta de pago o retraso continuado del pago del salario.
- Traslado del centro de trabajo.
Además existen otras circunstancias calificadas como situaciones legales de desempleo que no derivan de la finalización o suspensión de un contrato de trabajo, son las siguientes:
- El retorno desde el extranjero de una persona trabajadora española emigrante.
- La liberación de un centro penitenciario o de internamiento.
- La declaración de plenamente capaz o de incapacidad permanente parcial, como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de incapacidad en los grados de total, absoluta o gran invalidez.
No se considera situación legal de desempleo
- Las bajas voluntarias no se incluyen entre las causas de situación legal de desempleo.
- Tampoco los trabajadores que, frente a un despido improcedente o una excedencia voluntaria no soliciten la readmisión o no acepten la reincorporación al puesto de trabajo. Este punto corresponde a los casos en los que la justicia ha declarado la improcedencia o nulidad de la extinción del contrato.
- Las personas que, aun acreditando la pérdida de trabajo involuntaria, no suscriban el acta de compromiso. Tal como se indica en el Sepe es necesario acreditar la disponibilidad a trabajar. Con esta acta de compromiso se garantiza la predisposición a una búsqueda laboral activa y la aceptación a una colocación adecuada a las capacidades.
- Los trabajadores autónomos que se han dado de baja en el régimen por cuenta propia por falta de encargos.
Situación legal de desempleo